Skip to content Skip to left sidebar Skip to right sidebar Skip to footer

Author: Lorena García

ORDENANZA N° 1171/22

VISTO:

La solicitud efectuada por miembros de la comisión directiva de la Asociación Alemana-Suiza “Köln Bernstadt” y representantes de la Iglesia Alemana en vista de declarar la Sala de los Inmigrantes ubicada en San Martín 1034 como “Lugar Patrimonio Histórico Cultural” de la ciudad de Roldán.

Y CONSIDERANDO:

Que, la Iglesia Evangélica Alemana de nuestra ciudad ubicada en ese mismo domicilio fue declarada como “Lugar Patrimonio Histórico Cultural” mediante la Ordenanza Nº 646/10. Que, conocemos la importancia que tiene el Patrimonio Histórico Cultural de una comunidad como asimismo su construcción permanente de la identidad colectiva. Que, la Ordenanza Nº 955/17 en su Art. 1 establece el nombre “Sala de los Inmigrantes” al salón de usos múltiples en memoria de aquellos antepasados que poblaron nuestro suelo, pilares de nuestro progreso y partícipes de nuestra historia ubicada en el Centro Cívico de la ciudad. Que, dicho inmueble ubicado al lado de la Iglesia Parroquial fue construido en 1870 por los primeros colonizadores, como Asilo de Inmigrantes, desde 1872 a 1876 funcionó la Escuela Primaria “Suiza” y el 28 de mayo de 1876 se funda allí la Sociedad Escolar Alemana integrada por suizos de habla alemán. Que, la Asociación Alemana “Köln Bernstadt” tiene por objeto “revalorizar a aquellos que fundaron la Iglesia, la escuela y vieron crecer a sus descendientes y continuar con su legado cultural y patrimonial a través de manifestaciones artísticas como: música, danza, gastronomía, idioma, etc., compartiendo con la comunidad todo ese saber. Que, el inmueble mencionado es utilizado actualmente como salón de usos múltiples, abierto a todas las instituciones de la ciudad como lugar alternativo, donde se dictan distintos talleres y funciona una biblioteca. Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:

Ordenanza

ARTÍCULO Nº 1: Declárese “Lugar Patrimonial Histórico Cultural” de la ciudad de Roldán a la Sala de los Inmigrantes de la Iglesia Evangélica Alemana, ubicada en calle San Martín 1034.

ARTÍCULO Nº 2: Colóquese una placa conmemorativa en alusión a la declaración del inmueble conforme Art. 1º.

ARTÍCULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

Sala de Sesiones, Roldán 11 de Octubre de 2.022.

ORDENANZA N° 1170/22

VISTO:

Los frecuentes y trágicos accidentes de tránsitos ocasionados en rutas de nuestro país protagonizados por diferentes medios de transportes de media y larga distancia y,

Y CONSIDERANDO:

Que, éste proyecto nace de la inquietud del Sr. Silvio Alberto Tosco (actualmente fallecido), ex concejal de la ciudad de Roldán durante el período comprendido entre diciembre de 1989 a diciembre de 1993,

Que, los accidentes causan pérdidas humanas y según lo trascendido las unidades de transportes público intervinientes en los mismos, en algunos casos, no cuentan con la habilitación correspondiente,

Que, además los citados trasportes no parten de las terminales sino que lo hacen en otros lugares convenidos con el pasaje como plazas, escuelas, etc, sin controles suficientes,

Que, otros elementos a considerar, además de los descriptos precedentemente, sería el factor humano, con choferes fatigados por exceso de horas de conducción, cumpliendo turnos extras, disminuidos sus reflejos y concentración conductiva y aumentando así, la probabilidad de accidentes,

Que, es deber de cada administración pública cuidar aspectos que atañen a la seguridad de los viajeros, controlando el estado de los vehículos, tanto en la parte mecánica, estética y cobertura de seguro, como también condiciones psíquicas, físicas del conductor y su relevo,

Que, las empresas de transporte de pasajeros de mediana y larga distancia, al ser contratados para la realización de viajes, 2 deberán presentar con carácter de declaración jurada, un escrito a la Municipalidad de Roldán, donde conste el estado general de cada vehículo (motor, frenos, etc), qué tipos de seguros posee (incluyendo certificado de cobertura), habilitación del uso específico por organismos competentes, coche destinado, contingente a llevar, itinerario y nombre con los datos de lo/s chofer/e s. Toda esta documentación tendrá que estar disponible al horario de partida de cada vehículo,

Que, además y a los efectos del que los inspectores controlen con suficiente tiempo antes del horario de partida, los coches deberán estar disponibles en el punto de partida con una antelación que le permita realizar la tarea,

Que, es necesario que la Municipalidad de Roldán capacite a los inspectores que tendrán a su cargo las constataciones pertinentes, En virtud de preservar la integridad física de las personas de este distrito que utilizan vehículos de transporte de pasajeros con el fin de efectuar viajes de estudios, recreación, turismo y tour de compras; es necesario establecer normas sin perjuicio de las existentes en Nación y Provincia, para evitar que un viaje debe ser placentero no se transforme en una pesadilla o tragedia, por causa de una negligencia o fala de control, Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:

Ordenanza

ARTICULO 1: Impleméntese en la ciudad de Roldán, departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe el control municipal de unidades de transportes de pasajeros para media y larga distancia que partan de esta ciudad.

ARTÍCULO 2: Los viajes que se contraten en tal sentido la Secretaría de Legales y Técnica de la Municipalidad de Roldán, podrá asesorar a las personas o instituciones contratantes sobre las formas de redactar los contratos. Cada convenio deberá contener, en forma de compromiso, la obligatoriedad de cumplir con los requisitos que impone la presente Ordenanza, y la omisión de los mismos impedirá la realización del viaje, el cual no podrá salir a su destino desde la ciudad de Roldán.

ARTÍCULO 3: Los contratos para la realización de los viajes deberán ser presentados ante la Secretaría de Legales y Técnica con una anticipación de 10 (diez) días de la fecha de partida.

ARTÍCULO 4: Las empresas de transportes de pasajeros contratadas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Habilitación como tal por organismos competentes (de la unidad destinada);

b) Tener los neumáticos en condiciones (no recapados);

c) Presentar informes que tenga carácter de Declaración Jurada del mantenimiento efectuado a la unidad en la víspera del viaje (inspección técnica vehicular actualizada);

d) Estado óptimos de los asientos y condiciones de limpieza;

e) Certificado de desinfección y desinsectación, efectuados para el viaje a realizar;

f) Certificado de cobertura de Seguro;

g) Botiquín de primeros auxilios completo;

h) Contingente al llevar (este requisito presentar junto con el contrato);

i) Itinerario (junto con el contrato);

j) Libreta Sanitaria;

k) Nombre de los choferes responsables de la conducción de la unidad muñidos de certificados donde conste los últimos períodos de descanso, en carácter de Declaración Jurada.

ARTÍCULO 5: Para la realización del viaje de LARGA DISTANCIA la empresa deberá proveer de dos choferes que se alternen en la conducción.

ARTÍCULO 6: La unidad de transporte de pasajeros deberá estar disponible para la constatación del estado del mismo y recepción de la documentación exigida en el art 5 de la presente con 2 horas de antelación en el punto de partida.

ARTÍCULO 7: Las empresas de transportes de pasajeros que partan en viaje de media y larga distancia de esta ciudad, serán instruidas del contenido de la presente ordenanza en el momento de presentación del contrato.

ARTÍCULO 8: La Municipalidad de Roldán capacitará a los inspectores destinados a desempeñar la tarea de verificación de los requisitos exigidos en la presente.

ARTÍCULO 9: Además del articulado detallado precedentemente, se aplicará la norma puesta en Ley 24.449 (art. 53 e incisos) texto actualizado. ARTÍCULO 10: De cancelar la Municipalidad de Roldán cualquier viaje que no respete condiciones del articulado precedente, y ante la intención de los organizadores y empresas de realizarlo por cuenta propia, podrán los agentes municipales de contralor solicitar el auxilio de la fuerza pública para impedirlo.

ARTÍCULO 11: Podrá la autoridad competente de la Municipalidad de Roldán realizar un test de alcoholemia o narcolemia aleatorio a los choferes que se disponen en los puntos de salida de unidades de transportes de pasajeros para media y larga distancia que partan de esta ciudad con el contingente.

ARTÍCULO 12: Otórguese potestad al DEM para mejorar las condiciones de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 13: Esta ordenanza se pondrá en vigencia a los 30 (treinta) días de su promulgación previa difusión por los medios orales y escritos.

ARTÍCULO 14: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

Sala de Sesiones, Roldán 11 de Octubre de 2.022.

ORDENANZA N° 1168/22

VISTO:

El Mensaje Nº 01.046 /22 referente a: “Solicita Autorización para la cesión de derechos y acciones de los lotes Nº 1, 15, 16 y 17, todos de la manzana B20, del Sector Nº 46, denominado “Villa Eduardito” a favor de la empresa Soluciones para el Transporte S.R.L, remitido por el D.E.M.-

Y CONSIDERANDO:

Que el Mensaje ut-supra ha sido derivado a la Comisión de Asuntos Constitucionales para su tratamiento y evaluación.

Que la cedente pone en quieta y pacifica posesión al comprador de los lotes de terreno N° 1, 15, 16 y 17 de la MANZANA B20, sector 46, según plano de mensura 85091/75 y cuya descripción es la siguiente: -lote N° 1 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N° 15 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N° 16 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N° 17 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente.

Que la Cesionaria, deberá efectuar los correspondientes trámites de habilitación y demás gestiones para el comienzo de la actividad que desarrollen, en las oficinas de este municipio.

Que a los fines de efectivizar la adquisición de los lotes de referencia e instrumentar lo convenido entre las partes, se hace necesario dictar la presente disposición. Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:

Ordenanza

ARTÍCULO Nº 1: Autorizase al D.E.M a suscribir el Contrato de Cesión de Derechos y Acciones y Acta de Posesión entre la Municipalidad de Roldán y la empresa Soluciones para el Transporte S.R.L de los lotes Nº 1, 15, 16 y 17, todos de la manzana B20, del Sector Nº 46, denominado “Villa Eduardito. El contrato objeto de la presente Ordenanza se adjunta como anexo y forma parte integrante de la misma.-

ARTÍCULO Nº 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar cuanto trámite, gestión y diligenciamiento para la formalización de la Cesión de referencia y su perfeccionamiento administrativo y legal, notificando al H.C.M cualquier circunstancia de hecho o de derecho que alteren las cláusulas del contrato de marras.-

ARTÍCULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

Sala de Sesiones, Roldán 20 de Septiembre de 2.022.

CESION DE DERECHOS Y ACCIONES Y ACTA DE POSESION

En la ciudad de Roldán, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, a los …… días del mes de ………..de 2022 , entre la Municipalidad de Roldán, representada en este acto por su Intendente DR. DANIEL ENRIQUE ESCALANTE, asistido en éste acto por el Sr. DIEGO MARTÍN GETTIG, Secretario de Producción, Empleo y Planeamiento Estratégico de la Municipalidad de Roldán por una parte, en su carácter de CEDENTE y por la otra la Sra. María Florencia Mosich, DNI 26.644.227, en su carácter de socia gerente de SOLUCIONES PARA EL TRANSPORTE SRL, en adelante CESIONARIA con domicilio legal en calle …………………………………………………………, de la ciudad de …………,firman el presente boleto de compraventa y acta de posesión bajo las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La Municipalidad de Roldán cede y el cesionario acepta los derechos y acciones que la Municipalidad tiene sobre los lotes de terreno N° 1, 15, 16 y 17 de la MANZANA B20, todos del sector Villa Eduardito, N°46, de la ciudad de Roldán.

SEGUNDA: La cedente pone en quieta y pacífica posesión al comprador de los lotes de terreno N° 1, 15, 16 y 17 de la MANZANA B20, sector 46, según plano de mensura 85091/75 y cuya descripción es la siguiente: -lote N° 1 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N° 15 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N° 16 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N° 17 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente.

TERCERA: El precio se fija en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y OCHO (U$S 58.-) por metro cuadrado, siendo la operación por la suma total de DOLARES ESTADO UNIDENSES SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS (U$S 69.600.-) según cotización oficial del Banco Nación del día de la firma del presente. El precio de la operación se abona al contado en pesos en función del tipo de cambio vendedor del Banco Nación a la fecha de la firma, sirviendo el presente de suficiente y formal carta de pago.

CUARTA: La escritura traslativa de dominio se realizará una vez que el cesionario haya abonado la totalidad del precio pactado y de las contribuciones por mejoras que pudieran existir y que la Municipalidad de Roldán haya finalizado con el trámite judicial correspondiente dentro de los caratulados “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ REMOLINS S/ EXPROPIACIÓN” CUIJ 21-02881598- 8, que tramita por ante el Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 10ma Nominación de Rosario. El escribano será designado por la parte cesionaria, y el costo de la escritura traslativa de dominio será a cargo de LA CESIONARIA en su totalidad. La confección de nuevo plano de mensura (de corresponder) será a cargo de LA CESIONARIA.

QUINTA: LA CESIONARIA, deberá efectuar los correspondientes trámites de habilitación y demás gestiones para el comienzo de la actividad que desarrollen, en las oficinas de este municipio.

SEXTA: Los terrenos adquiridos no podrán ser enajenados o transferidos a terceros, bajo ningún título, modo y/o contrato, dentro de un plazo de CINCO (5) años, contados a partir de la fecha de la escritura traslativa de dominio, excepto a la Municipalidad de Roldán, quien adquiere desde la firma del presente la calidad de “comprador preferente”.-

SEPTIMA: La supervisión de los trabajos a efectuar, estará a cargo de la Municipalidad de Roldán, como cumplimiento de sus deberes de ente público. El amojonamiento, relevamiento del terreno y cualquier otra circunstancia, estará a cargo de EL COMPRADOR, así como también los gastos de escrituración correspondientes, quienes además asumen el compromiso de colocar un cerco perimetral y carteles alusivos que a tales afectos diseñará la Secretaría de producción, empleo y planeamiento estratégico, en el plazo perentorio de treinta 30 días a contar desde la fecha de celebración del presente.-

OCTAVA: La Municipalidad de Roldán se compromete a prestar toda la colaboración necesaria para la instalación y puesta en funcionamiento de tal iniciativa. Todo lo atinente a la instalación de los servicios de la luz, gas, agua potable y todo otro que fuere menester, correrán por cuenta de LA CESIONARIA, y serán soportados por su exclusiva cuenta. –

NOVENA: En caso de cualquier controversia suscitada en torno al presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Provinciales de Rosario, provincia de Santa Fe, renunciando a cualquier otro fuero, inclusive el Federal.

DECIMA: ANTECEDENTES: LA CESIONARIA declara conocer la situación dominial y judicial de los lotes y manifiesta que acepta adquirir los mismos, entendiendo que la escritura traslativa de dominio a su favor se realizará una vez terminado el expediente judicial mediante el cual la Municipalidad de Roldán adquirió los lotes a través de un convenio de avenimiento en el marco de la expropiación llevada a cabo, conforme lo normado por la Ordenanza Municipal N° 740/12.

DECIMA PRIMERA: En orden a lo preceptuado por la Ley Nro. 2.756, se transcribe su artículo 18 de la misma que reza: “Cuando la Municipalidad fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporación arbitrará dentro del término de seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará parte integrante, bajo pena de nulidad de todo acto o Contrato que las autoridades comunales celebren en representación del Municipio y deberá ser transcripta en toda escritura pública o contrato que se celebre con particulares”. En fe de lo pactado y en prueba de conformidad de ambas partes de favorecer el desarrollo regional del distrito y colaborar al engrandecimiento y creación de fuentes de trabajo para la comunidad de Roldán, firman las partes tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra señalados, enviando una copia del presente convenio al Honorable Concejo Municipal.

COMENZARON LAS OBRAS DE CORDÓN CUNETA EN CALLE SAN LUIS

La municipalidad de Roldán a través de la Secretaria de Obras públicas, comenzó este miércoles con las obras de cordón cuneta en calle San Luis, entre Buenos Aires y Amenábar.

“Es una obra que se realiza con recursos del Gobierno Provincial. Proyectos que fueron presentadas durante la anterior administración provincial, y recién ahora comenzaron a llegar los fondos, gracias a la administración de Maxi Pullaro” declaró el Intendente Daniel Escalante.

Este tipo de obras ayudan a darle contención lateral al estabilizado y mejora la transitabilidad, además de ayudar en el escurrimiento del agua de lluvia y evitar socavamientos.

Además, en los próximos días se realizarán trabajos similares en calle Santa Rosa, entre San Martin y Sarmiento.

LICITACIÓN PRIVADA N° 001/2024

“ADQUISICIÓN DE 2 NOTEBOOK”

Presupuesto Oficial: $1.834.679,64
Garantía Propuesta: $1% del presupuesto oficial
Fecha y Hora de apertura ofertas: 02/02/2024 a las 10 horas.
Lugar: Municipalidad de Roldán Sargento Cabral N° 48
Consultas: Secretaría de Producción, empleo y planeamiento estratégico
E-mail: produccion@roldan.gov.ar

DE LA MANO DEL MUNICIPIO Y EL FAE ROLDÁN, LAS ESCUELAS SE PREPARAN PARA EL INICIO DE CLASES

A través del FAE, la Municipalidad realiza obras en escuelas de cara al nuevo ciclo lectivo. En total se hicieron cerca de 25 intervenciones, que demandaron más de 4 millones de pesos.

A través de la Comisión del Fondo de Asistencia Educativa (FAE), la Municipalidad de Roldán está realizando una fuerte inversión en obras y arreglos en diferentes escuelas de la ciudad, para acondicionarlas de la mejor manera para el inicio del ciclo lectivo en febrero próximo.

Desde el inicio de la actual gestión, se entregaron recursos para realizar trabajos de infraestructura, arreglos, readecuaciones, y compra de mobiliario para un adecuado funcionamiento de cada uno de los establecimientos.

 “Estamos convencidos que la educación es la verdadera herramienta de transformación, y desde nuestra parte queremos hacer todos los esfuerzos para garantizar un acceso igualitario para todos”, aseguró el intendente Daniel Escalante.

En total se hicieron cerca de 25 intervenciones, que demandaron más de 4 millones de pesos, que provienen del FAE, el cual se sustenta con aportes e impuestos que pagan los vecinos de la ciudad.

Además, hay que sumar acciones de mantenimiento y jardinería, que también se hacen con fondos locales y mano de obra del municipio.

Entre algunas de las acciones realizadas, con aportes del FAE, pero también con personal y maquinaria del Gobierno local, se destacan:

Reparación con membrana en los techos del Jardín 402.

Trabajos en techo y accesos, y nuevo cartel en Jardín 359.

En Jardín Huellitas, arreglos en el techo, reparación en pisos, revoques en el exterior, reparación en paredes interiores y arreglos de mobiliarios.

En la Escuela Técnica se realizaron trabajos para los cimientos de nueva aula.

También se llevaron adelante arreglos y mejoras en la Escuela Fiscal, Escuela 1399, Escuela Anexo Secundaria y Pedro Dürst.

JORNADA DE PREVENCIÓN DE ABUSO SEXUAL EN LAS INFANCIAS

El Área de Género, Igualdad, Diversidad, Niñez y Familia, realizó una jornada de prevención de Abuso Sexual en las Infancias (ASI) y Grooming con niñas y niños que participan de la Escuela de Verano en el Polideportivo Municipal.

“Estos espacios de sensibilización son sumamente necesarios, ya que niñas, niños y adolescentes necesitan acceder a información correcta, acorde a sus edades” explicó Cecilia Ancin.

“Prevenir situaciones de abusos es parte de nuestra función como estado, y la implementación de la Educación Sexual Integral es fundamental en todos los ámbitos”, manifestó la coordinadora del Área.

OPERATIVO VERANO: CONTINÚAN LOS CONTROLES EN ROLDÁN Y LA REGIÓN

La Subsecretaría de Seguridad y Control continúa desarrollando operativos preventivos de tránsito periódicamente en distintos puntos de la ciudad junto a fuerzas de seguridad.

Durante el fin de semana, se priorizaron los controles sobre los corredores principales que atraviesan la ciudad.

“El trabajo es constante y colaborativo con las fuerzas de seguridad que operan en la ciudad”, destacó la subsecretaria Marisabel Mendoza

POR TERCER AÑO CONSECUTIVO, LA CULTURA AMBIENTAL LLEGA A LAS COLONIAS DE VERANO

En el marco del Día mundial de la Educación Ambiental, esta semana la Subsecretaría de Medioambiente realiza un nuevo ciclo de talleres que recorrerá todas las colonias de la ciudad.

“La educación es una acción transformadora, que inculca valores para relacionarnos mejor con el ambiente y asumir actitudes de cuidado.” explicó Brenda Zaldivar y agregó: “Poder mantener estos talleres, ya por tercer año consecutivo, nos permite profundizar los temas y llegar a mejores niveles de consciencia y responsabilidad.”

Este año el objetivo es problematizar el plástico de un sólo uso, concientizando sobre su impacto en la generación de residuos y de contaminación.

Agradecemos a las instituciones que siempre nos abren las puertas, a los profes, que luego siguen pregonando los objetivos y a las talleristas (mujeres del ambiente artístico de la ciudad y del Club de Huella Ecológica) que desarrollarán las dinámicas planteadas para niños de 3 a 18 años y la colonia de adultos mayores.