Modificación de las alícuotas y de los valores por derechos mínimos
Sr. Contribuyente de derecho de registro e inspección:
Le recordamos que a partir del periodo fiscal enero 2023, con vencimiento 12 de febrero de 2023, y conforme al decreto N° 01.347/22 la liquidación del tributo deberá realizarse según se detalla a continuación:
Alícuota General: 0.65%: (la cual se incrementará al 0.75%, cuando los ingresos brutos anuales totales, devengados en el año anterior y/o en cada año sucesivo, sean iguales o superiores a $140.000.000).
Alícuota del 1.5%: para sujetos que tengan por objeto la comercialización de: cigarrillos y similares, combustibles y/o billetes de lotería y cualquier sistema oficial de apuestas.
Alícuota del 2.85%: Para entidades financieras comprendidas en el régimen de la ley N° 21526 y sus modificaciones, con un mínimo de $ 650.000.- y para otras entidades que ejerzan actividades financieras, como Mutuales $ 265.000.-
Artículo 47°: Cuando por aplicación de cualquiera de los procedimientos establecidos en la presente, salvo Régimen Diferencial, el tributo determinado resultare inferior a los valores por Derechos Mínimos que seguidamente se expresan, corresponderá la integración de los montos correspondientes hasta alcanzar los mismos, conforme cada situación que se indica:
Inc. 1) Contribuyentes en general, sobre la base del personal ocupado y/o relacionado y/o dependientes:
VALORES POR DERECHOS MÍNIMOS
1 Persona
$1400 solo titular
2 Personas
$2800 incluye titulares y dependientes
3 a 5 Personas
$5800 incluye titulares y dependientes
6 a 10 Personas
$11600 incluye titulares y dependientes
11 a 20 Personas
$29600 incluye titulares y dependientes
Más de 20 personas
$59600 incluye titulares y dependientes
Dicho decreto puede solicitarse, o bien realizar su consulta en la oficina de comercio de la municipalidad San Martín 1046 o via mail a comercio@roldan.gov.ar