Skip to content Skip to left sidebar Skip to right sidebar Skip to footer

ORDENANZA N° 1177/22

VISTO:

Que los espacios públicos que poseen elementos que cubren las necesidades de la personas pueden considerarse espacios accesibles y aptos,

Y CONSIDERANDO:

Que, los bebederos públicos son elementos que no pueden faltar en un espacio, dado que el agua es de vital importancia y el hecho de estar cerca de las personas hace funcional el lugar,

Que, cuando se instala un bebedero público se está promoviendo un estilo de vida saludable, siendo este dispositivo una ayuda a que el bienestar esté al alcance de todos, así el agua es una alternativa más saludable que las bebidas envasadas,

Que, en época de altas temperaturas es un aliciente para los ciudadanos como para los animales que están en busca de agua,

Que, considerar bebederos públicos multifuncionales es rediseñar políticas públicas de forma inclusiva para una respuesta efectiva,

Que, para dicha expectativa efectiva se pensó en la necesidad de poseer bebederos que abarquen a las personas con movilidad reducida y a los animales,

Que, la Empresa Pandolfi logra ofrecer un bebedero multifunción, que consta de tres bebederos en una sola estructura, todos los bebederos poseen pulsador y desagote. A sabiendas que ya han tenido éxito en otra localidad como es Correa se le ha solicitado una descripción y un presupuesto para la ejecución de los bebederos públicos (véase anexo adjunto)-,

 Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:

Ordenanza

ARTÍCULO Nº 1: Colóquense bebederos públicos multifuncionales e inclusivos en espacios públicos de la ciudad de Roldán.

ARTÍCULO Nº 2: Entiéndase que este proyecto deberá ser implementado cuando las medidas de higiene y seguridad sean óptimas para su desarrollo.

ARTÍCULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y Archívese.-

Sala de Sesiones, Roldán 25 de Octubre de 2.022.

Archivos adjuntos