{"id":7081,"date":"2024-01-25T11:21:38","date_gmt":"2024-01-25T14:21:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/?post_type=lsvr_document&#038;p=7081"},"modified":"2024-01-25T11:35:53","modified_gmt":"2024-01-25T14:35:53","slug":"ordenanza-n-1168-22","status":"publish","type":"lsvr_document","link":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/documents\/ordenanza-n-1168-22\/","title":{"rendered":"ORDENANZA N\u00b0 1168\/22"},"content":{"rendered":"\n<p><strong><u>VISTO:<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Mensaje N\u00ba 01.046 \/22 referente a: \u201cSolicita Autorizaci\u00f3n para la cesi\u00f3n de derechos y acciones de los lotes N\u00ba 1, 15, 16 y 17, todos de la manzana B20, del Sector N\u00ba 46, denominado \u201cVilla Eduardito\u201d a favor de la empresa Soluciones para el Transporte S.R.L, remitido por el D.E.M.-<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>Y CONSIDERANDO:<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Que el Mensaje ut-supra ha sido derivado a la Comisi\u00f3n de Asuntos Constitucionales para su tratamiento y evaluaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la cedente pone en quieta y pacifica posesi\u00f3n al comprador de los lotes de terreno N\u00b0 1, 15, 16 y 17 de la MANZANA B20, sector 46, seg\u00fan plano de mensura 85091\/75 y cuya descripci\u00f3n es la siguiente: -lote N\u00b0 1 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N\u00b0 15 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N\u00b0 16 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N\u00b0 17 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la Cesionaria, deber\u00e1 efectuar los correspondientes tr\u00e1mites de habilitaci\u00f3n y dem\u00e1s gestiones para el comienzo de la actividad que desarrollen, en las oficinas de este municipio.<\/p>\n\n\n\n<p>Que a los fines de efectivizar la adquisici\u00f3n de los lotes de referencia e instrumentar lo convenido entre las partes, se hace necesario dictar la presente disposici\u00f3n. Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones de la Ley 2.756, sanciona la presente:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong><u>Ordenanza<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>ART\u00cdCULO N\u00ba 1:<\/u><\/strong> Autorizase al D.E.M a suscribir el Contrato de Cesi\u00f3n de Derechos y Acciones y Acta de Posesi\u00f3n entre la Municipalidad de Rold\u00e1n y la empresa Soluciones para el Transporte S.R.L de los lotes N\u00ba 1, 15, 16 y 17, todos de la manzana B20, del Sector N\u00ba 46, denominado \u201cVilla Eduardito. El contrato objeto de la presente Ordenanza se adjunta como anexo y forma parte integrante de la misma.-<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>ART\u00cdCULO N\u00ba 2:<\/u><\/strong> Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar cuanto tr\u00e1mite, gesti\u00f3n y diligenciamiento para la formalizaci\u00f3n de la Cesi\u00f3n de referencia y su perfeccionamiento administrativo y legal, notificando al H.C.M cualquier circunstancia de hecho o de derecho que alteren las cl\u00e1usulas del contrato de marras.-<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>ART\u00cdCULO N\u00ba 3:<\/u><\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publ\u00edquese, Reg\u00edstrese y Arch\u00edvese.-<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right\"><strong><u>Sala de Sesiones, Rold\u00e1n 20 de Septiembre de 2.022.<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong><u>CESION DE DERECHOS Y ACCIONES Y ACTA DE POSESION<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En la ciudad de Rold\u00e1n, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, a los \u2026\u2026 d\u00edas del mes de \u2026\u2026\u2026..de 2022 , entre la Municipalidad de Rold\u00e1n, representada en este acto por su Intendente DR. DANIEL ENRIQUE ESCALANTE, asistido en \u00e9ste acto por el Sr. DIEGO MART\u00cdN GETTIG, Secretario de Producci\u00f3n, Empleo y Planeamiento Estrat\u00e9gico de la Municipalidad de Rold\u00e1n por una parte, en su car\u00e1cter de CEDENTE y por la otra la Sra. Mar\u00eda Florencia Mosich, DNI 26.644.227, en su car\u00e1cter de socia gerente de SOLUCIONES PARA EL TRANSPORTE SRL, en adelante CESIONARIA con domicilio legal en calle \u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026, de la ciudad de \u2026\u2026\u2026\u2026,firman el presente boleto de compraventa y acta de posesi\u00f3n bajo las siguientes cl\u00e1usulas:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PRIMERA:<\/strong> La Municipalidad de Rold\u00e1n cede y el cesionario acepta los derechos y acciones que la Municipalidad tiene sobre los lotes de terreno N\u00b0 1, 15, 16 y 17 de la MANZANA B20, todos del sector Villa Eduardito, N\u00b046, de la ciudad de Rold\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>SEGUNDA: <\/strong>La cedente pone en quieta y pac\u00edfica posesi\u00f3n al comprador de los lotes de terreno N\u00b0 1, 15, 16 y 17 de la MANZANA B20, sector 46, seg\u00fan plano de mensura 85091\/75 y cuya descripci\u00f3n es la siguiente: -lote N\u00b0 1 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N\u00b0 15 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N\u00b0 16 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente. -Lote N\u00b0 17 de 10 metros de frente por 30 metros de fondo sujetos a mensura, lo que hacen un total de 300 metros cuadrados aproximadamente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>TERCERA:<\/strong> El precio se fija en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y OCHO (U$S 58.-) por metro cuadrado, siendo la operaci\u00f3n por la suma total de DOLARES ESTADO UNIDENSES SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS (U$S 69.600.-) seg\u00fan cotizaci\u00f3n oficial del Banco Naci\u00f3n del d\u00eda de la firma del presente. El precio de la operaci\u00f3n se abona al contado en pesos en funci\u00f3n del tipo de cambio vendedor del Banco Naci\u00f3n a la fecha de la firma, sirviendo el presente de suficiente y formal carta de pago.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CUARTA:<\/strong> La escritura traslativa de dominio se realizar\u00e1 una vez que el cesionario haya abonado la totalidad del precio pactado y de las contribuciones por mejoras que pudieran existir y que la Municipalidad de Rold\u00e1n haya finalizado con el tr\u00e1mite judicial correspondiente dentro de los caratulados \u201cMUNICIPALIDAD DE ROLDAN C\/ REMOLINS S\/ EXPROPIACI\u00d3N\u201d CUIJ 21-02881598- 8, que tramita por ante el Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 10ma Nominaci\u00f3n de Rosario. El escribano ser\u00e1 designado por la parte cesionaria, y el costo de la escritura traslativa de dominio ser\u00e1 a cargo de LA CESIONARIA en su totalidad. La confecci\u00f3n de nuevo plano de mensura (de corresponder) ser\u00e1 a cargo de LA CESIONARIA.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>QUINTA:<\/strong> LA CESIONARIA, deber\u00e1 efectuar los correspondientes tr\u00e1mites de habilitaci\u00f3n y dem\u00e1s gestiones para el comienzo de la actividad que desarrollen, en las oficinas de este municipio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>SEXTA:<\/strong> Los terrenos adquiridos no podr\u00e1n ser enajenados o transferidos a terceros, bajo ning\u00fan t\u00edtulo, modo y\/o contrato, dentro de un plazo de CINCO (5) a\u00f1os, contados a partir de la fecha de la escritura traslativa de dominio, excepto a la Municipalidad de Rold\u00e1n, quien adquiere desde la firma del presente la calidad de \u201ccomprador preferente\u201d.-<\/p>\n\n\n\n<p><strong>SEPTIMA:<\/strong> La supervisi\u00f3n de los trabajos a efectuar, estar\u00e1 a cargo de la Municipalidad de Rold\u00e1n, como cumplimiento de sus deberes de ente p\u00fablico. El amojonamiento, relevamiento del terreno y cualquier otra circunstancia, estar\u00e1 a cargo de EL COMPRADOR, as\u00ed como tambi\u00e9n los gastos de escrituraci\u00f3n correspondientes, quienes adem\u00e1s asumen el compromiso de colocar un cerco perimetral y carteles alusivos que a tales afectos dise\u00f1ar\u00e1 la Secretar\u00eda de producci\u00f3n, empleo y planeamiento estrat\u00e9gico, en el plazo perentorio de treinta 30 d\u00edas a contar desde la fecha de celebraci\u00f3n del presente.-<\/p>\n\n\n\n<p><strong>OCTAVA:<\/strong> La Municipalidad de Rold\u00e1n se compromete a prestar toda la colaboraci\u00f3n necesaria para la instalaci\u00f3n y puesta en funcionamiento de tal iniciativa. Todo lo atinente a la instalaci\u00f3n de los servicios de la luz, gas, agua potable y todo otro que fuere menester, correr\u00e1n por cuenta de LA CESIONARIA, y ser\u00e1n soportados por su exclusiva cuenta. \u2013<\/p>\n\n\n\n<p><strong>NOVENA:<\/strong> En caso de cualquier controversia suscitada en torno al presente contrato, las partes se someten a la jurisdicci\u00f3n de los Tribunales Provinciales de Rosario, provincia de Santa Fe, renunciando a cualquier otro fuero, inclusive el Federal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DECIMA: ANTECEDENTES:<\/strong> LA CESIONARIA declara conocer la situaci\u00f3n dominial y judicial de los lotes y manifiesta que acepta adquirir los mismos, entendiendo que la escritura traslativa de dominio a su favor se realizar\u00e1 una vez terminado el expediente judicial mediante el cual la Municipalidad de Rold\u00e1n adquiri\u00f3 los lotes a trav\u00e9s de un convenio de avenimiento en el marco de la expropiaci\u00f3n llevada a cabo, conforme lo normado por la Ordenanza Municipal N\u00b0 740\/12.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DECIMA PRIMERA:<\/strong> En orden a lo preceptuado por la Ley Nro. 2.756, se transcribe su art\u00edculo 18 de la misma que reza: \u201cCuando la Municipalidad fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporaci\u00f3n arbitrar\u00e1 dentro del t\u00e9rmino de seis meses siguientes a la notificaci\u00f3n de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripci\u00f3n formar\u00e1 parte integrante, bajo pena de nulidad de todo acto o Contrato que las autoridades comunales celebren en representaci\u00f3n del Municipio y deber\u00e1 ser transcripta en toda escritura p\u00fablica o contrato que se celebre con particulares\u201d. En fe de lo pactado y en prueba de conformidad de ambas partes de favorecer el desarrollo regional del distrito y colaborar al engrandecimiento y creaci\u00f3n de fuentes de trabajo para la comunidad de Rold\u00e1n, firman las partes tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra se\u00f1alados, enviando una copia del presente convenio al Honorable Concejo Municipal.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>VISTO: El Mensaje N\u00ba 01.046 \/22 referente a: \u201cSolicita Autorizaci\u00f3n para la cesi\u00f3n de derechos y acciones de los lotes N\u00ba 1, 15, 16 y 17, todos de la manzana B20, del Sector N\u00ba 46, denominado \u201cVilla Eduardito\u201d a favor de la empresa Soluciones para el Transporte S.R.L, remitido por el D.E.M.- Y CONSIDERANDO: Que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":6,"template":"","meta":[],"lsvr_document_cat":[321],"lsvr_document_tag":[],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/lsvr_document\/7081"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/lsvr_document"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/types\/lsvr_document"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/lsvr_document\/7081\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7082,"href":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/lsvr_document\/7081\/revisions\/7082"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7081"}],"wp:term":[{"taxonomy":"lsvr_document_cat","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/lsvr_document_cat?post=7081"},{"taxonomy":"lsvr_document_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.roldan.gov.ar\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/lsvr_document_tag?post=7081"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}